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Herramienta de Costa Rica

Asuetos del artículo 148

El 1° de enero, el 11 de abril, Semana Santa, el 1° de mayo, el 25 de julio, el 15 de agosto, el 15 de setiembre y el 25 de diciembre son de pago obligatorio. El 2 de agosto, el 31 de agosto y el 1° de diciembre también son feriados. El 12 de octubre no entra.

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Código de Trabajo art. 148

Calendario de asuetos

Feriados de pago obligatorio y de pago no obligatorio. Jueves y Viernes Santos salen de Pascua gregoriana. El 12 de octubre no entra. Un asueto de cantón no está cubierto.

  1. Año Nuevo2026-01-01
  2. Jueves Santo2026-04-02
  3. Viernes Santo2026-04-03
  4. Juan Santamaría (Batalla de Rivas)2026-04-11
  5. Día Internacional del Trabajo2026-05-01
  6. Anexión del Partido de Nicoya2026-07-25
  7. Virgen de los Ángeles (pago no obligatorio)2026-08-02
  8. Día de la Madre2026-08-15
  9. Persona Negra y Cultura Afrocostarricense (pago no obligatorio)2026-08-31
  10. Independencia2026-09-15
  11. Abolición del Ejército (pago no obligatorio)2026-12-01
  12. Navidad2026-12-25