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Herramienta de Costa Rica

Plazos hábiles de la Ley 9342

Indica la fecha de la notificación y los días del plazo. El cómputo hábil empieza el día hábil siguiente y salta sábados, domingos y feriados del artículo 148. El receso colectivo lo confirma la circular de ese año.

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CPC Ley 9342 art. 30.5

Cómputo de plazos

El plazo por días es hábil y empieza el día hábil siguiente a la notificación. En modo hábil se saltan sábados, domingos (LOPJ art. 38) y feriados del 148. No se carga el receso colectivo: esa pausa sale de la circular anual del Poder Judicial.

Vencimiento

2026-09-11

7 día(s) de calendario · feriados omitidos: 0 · fines de semana: 2