Herramienta de Guatemala
Aguinaldo, bono 14 y vacaciones
Aguinaldo: 100 % del salario ordinario o la parte proporcional, 50 % en diciembre y 50 % en enero. Bono 14: un salario, primera quincena de julio. Vacaciones: quince días hábiles por año continuo. Divisor 365.
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Decretos 76-78 y 42-92
Aguinaldo, bono 14 y vacaciones
Salario ordinario / 365 × días (la regla de Mintrab). Aguinaldo: Decreto 76-78 arts. 1, 2 y 5. Bono 14: Decreto 42-92 art. 1. Vacaciones: Código de Trabajo arts. 130 y 133 (quince días hábiles; compensables en dinero solo al cesar). No se usa el 42 % de sitios de RR.HH.
Aguinaldo
Q 3,650.00
Bono 14
Q 3,650.00
Vacaciones no gozadas
Q 1,825.00
365 días corridos en el período. Sin bonificación incentivo.